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Fuente Registrada · Ocaña
Fuente oficialVerificado el: 27 de junio de 2026 · Ver metodología
En Ocaña, la circulación de vehículos de carga pesada está sujeta a una restricción de pico y placa basada en el último dígito de la placa, en días y horarios establecidos
Sin restricción
Dígitos restringidos de Vehículos de Carga Pesada en Ocaña
Horario: 7:00 a.m. a 7:00 p.m.; placa registrada en Ocaña solo en tres franjas: 7:00–8:30 a.m., 11:30 a.m.–2:30 p.m. y 5:30–7:00 p.m
¿Cómo funciona el pico y placa en Ocaña?
En Ocaña no existe una restricción de pico y placa específica para vehículos de carga pesada: la medida vigente, según el último dígito de la placa, está dirigida a vehículos particulares y motocicletas, no a un esquema propio para camiones o volquetas.
Pico y placa los sábados, domingos y festivos en Ocaña
En Ocaña la restricción de circulación para vehículos de carga se rige por el último dígito de la placa: lunes (1-2), martes (3-4), miércoles (5-6), jueves (7-8) y viernes (9-0), de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. en la zona céntrica. Aplica solo de lunes a viernes; sábados, domingos y festivos no rige. En puentes festivos opera la restricción nacional de carga del Ministerio de Transporte en los corredores de acceso a la ciudad.
Excepciones al Pico y Placa Para Vehículos de Carga Pesada en Ocaña
- Vehículos de emergencia: ambulancias, bomberos y vehículos de la Policía y organismos de socorro.
- Vehículos de atención médica domiciliaria debidamente identificados.
- Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios (acueducto, energía, gas), incluida la recolección de residuos.
- Vehículos para el transporte de alimentos perecederos y abastecimiento de la canasta básica.
- Vehículos de transporte de combustibles, gases o mercancías peligrosas con el permiso correspondiente.
- Vehículos de transporte de valores.
- Vehículos oficiales de entidades del Estado.
- Vehículos al servicio de organismos de seguridad del Estado y autoridades judiciales.
- Vehículos eléctricos e híbridos, conforme a la Ley 1964 de 2019.
- Vehículos conducidos por o que transporten personas con discapacidad, debidamente acreditadas.
- Coches fúnebres.
- Vehículos destinados a obras públicas o mantenimiento vial.
- Vehículos con permiso especial de cargue y descargue otorgado por la autoridad de tránsito.
Multa por violar el Pico y Placa de Carga Pesada en Ocaña
En Ocaña la multa por violar el pico y placa está tipificada en el artículo 131, literal C.14 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002): 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMDLV) más inmovilización del vehículo, equivalentes a $875.453 en 2026.
Zonas y vías exentas del Pico y Placa para Transporte de Carga en Ocaña
En Ocaña la restricción de pico y placa se aplica únicamente a vehículos particulares matriculados fuera del municipio, en una zona acotada del centro y el mercado público entre las carreras 9 y 16 y las calles 7 y 11; no existe restricción de pico y placa para vehículos de carga pesada, que pueden circular sin limitación por horario o zona.
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Última verificación
28 de mayo de 2026. La información puede cambiar. Confirma siempre en la fuente registrada antes de circular.

