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Pico y Placa Particulares en Cartagena

ParticularesConfianza mediaVerificado: 12 de octubre de 2026

Lunes · 2 de noviembre de 2026

Sin restricción hoy

No hay dígitos restringidos

Próximos días

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Sin restricción
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VIE6 nov
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SÁB7 nov
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DOM8 nov
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Fuente verificadaConfianza media

Fuente Registrada · Cartagena

Fuente oficial

Verificado el 12 de octubre de 2026 · Ver metodología

Mañana: Martes

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Como Funciona el Pico y Placa en Cartagena

El pico y placa en Cartagena se asigna según el último dígito de la placa y rota por día de la semana: lunes 7 y 8, martes 9 y 0, miércoles 1 y 2, jueves 3 y 4, y viernes 5 y 6. La medida rige de lunes a viernes hábiles, en dos franjas: de 7:00 a. m. a 9:00 a. m. y de 6:00 p. m. a 8:00 p. m.

Pico y Placa los Sábados, Festivos y Fines de Semana en Cartagena

En Cartagena el pico y placa para vehículos particulares aplica únicamente de lunes a viernes hábiles, según el último dígito de la placa; sábados, domingos y festivos no hay restricción. En temporadas turísticas especiales (Semana Santa, mitad y fin de año) puede regir pico y placa de 24 horas, también solo de lunes a viernes.

Ubicación

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Cartagena, ColombiaAbrir mapa

Excepciones al pico y placa en Cartagena

En Cartagena están exentos del pico y placa los siguientes vehículos:
  • Vehículos eléctricos o de cero emisiones, según conste en la licencia de tránsito.
  • Vehículos híbridos eléctricos.
  • Vehículos al servicio o conducidos por personas con discapacidad permanente.
  • Vehículos de emergencia y atención médica.
  • Caravana presidencial y vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de autoridades judiciales y de funcionarios con esquema oficial.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios y recolectores de basura, en labores de mantenimiento y reparación de redes.
  • Vehículos destinados al control de tráfico y grúas.
  • Vehículos acreditados para el transporte de residuos hospitalarios.
  • Vehículos de control de emisiones y vertimientos de organismos ambientales.
  • Carrozas fúnebres.
  • Vehículos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular vigente.

Multa por Violar el Pico y Placa en Cartagena

En Cartagena la multa por violar el pico y placa está tipificada en el artículo 131, literal C.14 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002): 15 salarios mínimos diarios en la ley, que hoy se liquidan como 52,28 UVB más inmovilización del vehículo, equivalentes a $633.111 en 2026.

Zonas y Vias Exentas del Pico y Placa en Cartagena

Cartagena no declara vías urbanas exentas como lista cerrada: la restricción de pico y placa para particulares no cubre todo el perímetro, sino que opera sobre sectores y corredores expresamente delimitados por decreto, de modo que las vías no incluidas en ese listado quedan fuera de la medida.

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Origen de esta información

Norma:
Decreto Distrital 0015 del 14 de enero de 2026 (cuarta rotación)
Rotación vigente:
vigente hasta 2026-12-10 salvo prórroga
Verificado contra la fuente:
12 de octubre de 2026

Los dígitos de esta página se recalculan cada hora a partir de esa norma. La medida puede cambiar sin previo aviso: confirma en la fuente oficial antes de circular.

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