El pico y placa regional ordena por número de placa la entrada a Bogotá el último día de un puente festivo. Rige de 12:00 del mediodía a 8:00 de la noche, sólo en nueve corredores de acceso y sólo en el sentido de ingreso: primero entran las placas pares y después las impares. Es una medida distinta del pico y placa de todos los días, que en festivo no aplica.
Qué placas pueden entrar y a qué hora
| Franja | Pueden ingresar | Tienen restricción |
|---|---|---|
| Antes de las 12:00 m. | Todas las placas | Ninguna |
| 12:00 m. – 4:00 p. m. | Placas terminadas en número par (0, 2, 4, 6 y 8) | Impares |
| 4:00 p. m. – 8:00 p. m. | Placas terminadas en número impar (1, 3, 5, 7 y 9) | Pares, incluido el cero |
| Después de las 8:00 p. m. | Todas las placas | Ninguna |
Cuenta el último dígito de la placa. El decreto lo redacta al revés que los comunicados —dice quién tiene restricción en cada franja, no quién entra—, pero el resultado es el mismo. Quien llega a uno de los corredores antes del mediodía o después de las 8:00 p. m. entra sin importar la placa.
Los nueve corredores
La restricción no cubre toda la ciudad: sólo los tramos de entrada que enumera el artículo 229 del Decreto 652 de 2025, y sólo en el sentido indicado. Salir de Bogotá por esas mismas vías no tiene restricción.
| Corredor | Tramo | Sentido restringido |
|---|---|---|
| Autopista Norte | Desde el peaje Andes hasta el Portal Norte | norte – sur |
| Autopista Sur | Desde el límite con Soacha hasta la avenida Boyacá | sur – norte |
| Avenida Centenario (calle 13) | Desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali | occidente – oriente |
| Calle 80 | Desde el puente de Guadua hasta el Portal 80 | occidente – oriente |
| Carrera Séptima | Desde la calle 245 hasta la calle 183 | norte – sur |
| Avenida Boyacá – vía al Llano | Desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano | sur – norte |
| Vía Suba – Cota | Desde el río Bogotá hasta la calle 170 | norte – sur |
| Vía La Calera | Desde el peaje Patios hasta la carrera Séptima | oriente – occidente |
| Vía a Choachí | Desde la vía a Monserrate hasta la avenida Circunvalar | oriente – occidente |
Qué días se aplica
El último día de retorno de cada puente festivo, que casi siempre es un lunes: la Ley 51 de 1983 traslada al lunes la mayoría de los festivos. La Secretaría Distrital de Movilidad lo confirma con un comunicado antes de cada puente; así lo hizo para el lunes 12 de octubre de 2026. Estos son los próximos lunes festivos:
- Lunes 2 de noviembre de 2026 · Todos los Santos
- Lunes 16 de noviembre de 2026 · Independencia de Cartagena
- Lunes 11 de enero de 2027 · Reyes Magos
- Lunes 22 de marzo de 2027 · Día de San José
- Lunes 10 de mayo de 2027 · Ascensión del Señor
- Lunes 31 de mayo de 2027 · Corpus Christi
- Lunes 7 de junio de 2027 · Sagrado Corazón de Jesús
- Lunes 5 de julio de 2027 · San Pedro y San Pablo
En Semana Santa y en los puentes cuyo festivo no cae en lunes, el día de retorno es otro y lo define la Secretaría en su plan de éxodo y retorno: revisa el comunicado de esa semana. El calendario completo está en la guía de festivos de Colombia.
Quién está exento
Aplican las mismas excepciones del pico y placa de Bogotá —entre ellas las motos, los vehículos eléctricos y los híbridos—, con una diferencia importante: el pico y placa solidario no sirve. Desde el Decreto 657 de 2025, el permiso pagado quedó expresamente por fuera de las excepciones del regional. Quien lo tiene debe esperar su franja como cualquier otro conductor.
La lista completa de excepciones y lo que cuesta el permiso están en las guías de vehículos exentos y de pico y placa solidario.
La multa
Entrar en la franja equivocada es la misma infracción que violar el pico y placa urbano: la C.14 del Código Nacional de Tránsito, que la Secretaría de Movilidad liquida en $633.200 para 2026 y que ordena inmovilizar el vehículo. La guía de la multa por pico y placa explica los descuentos y el costo de grúa y patios.
Tres confusiones frecuentes
- No es el pico y placa de Soacha, Chía o La Calera. Esos municipios no expiden esta medida: la impone Bogotá en sus accesos, y afecta a cualquiera que entre a la ciudad por esos corredores, venga de donde venga.
- No se suma al pico y placa urbano. El día del regional es festivo, y en festivo la restricción diaria de Bogotá no rige. Una vez dentro de la ciudad, se puede circular.
- Los dígitos pueden cambiar. El decreto permite a la Secretaría rotar qué grupo entra primero, con un aviso de al menos diez días calendario. Mientras no lo haga, rige el orden de esta página: pares al mediodía, impares a las cuatro.
