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CONSULTA LOCAL VERIFICADA

Pico y placa carga > 8.500 kg en Bogotá

Bogotá. Información por fecha, franjas horarias, zonas y corredores restringidos, fuente registrada, excepciones y contexto local para que la flota de carga decida antes de circular.

Carga > 8.500kgConfianza AltaActualizado: 27 de junio de 2026

Sábado · 27 de junio de 2026

Hoy la circulación de vehículos de carga > 8.500 kg en Bogotá está

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Horario de Restricción: lunes a viernes, de 6:00 a 8:00 a.m. y de 5:00 a 8:00 p.m.

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Fuente VerificadaConfianza Alta

Fuente Registrada · Pico y placa carga > 8.500 kg en Bogotá

Fuente oficial

Verificado el: 27 de junio de 2026 · Ver metodología

Mañana Martes

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Horario: lunes a viernes, de 6:00 a 8:00 a.m. y de 5:00 a 8:00 p.m.

Franja AM1, 2, 3, 4 y 5
Franja PM1, 2, 3, 4 y 5

¿Cómo funciona el pico y placa de carga > 8.500 kg en Bogotá?

En Bogotá, el pico y placa para vehículos de carga de más de 8.500 kg aplica a los de más de 20 años, por el último dígito de la placa. Los sábados, de 5:00 a. m. a 9:00 p. m., alternan terminaciones 1, 3, 5, 7, 9 y 0, 2, 4, 6, 8. De lunes a viernes, de 6:00 a 8:00 a. m. y de 5:00 a 8:00 p. m., sin importar el dígito; no aplica domingos ni festivos.

Pico y placa los sábados, festivos y fines de semana en Bogotá

En Bogotá la restricción para vehículos de carga de más de 8.500 kg aplica solo en días hábiles (lunes a viernes, de 6:00 a 8:00 y de 17:00 a 20:00) en una zona definida de la ciudad; sábados, domingos y festivos no opera. Algunas cargas están exentas.

Ubicación

Mapa de Bogotá

Referencia geográfica de Bogotá para ubicar tus recorridos y dar contexto de movilidad a tu consulta local del pico y placa.

Bogotá, ColombiaAbrir mapa

Multa por violar el pico y placa para Carga > 8.500kg en Bogotá

En Bogotá la multa por violar el pico y placa está tipificada en el artículo 131, literal C.14 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002): 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMDLV) más inmovilización del vehículo, equivalentes a $875.453 en 2026.

Zonas y vías exentas del pico y placa para Carga > 8.500kg en Bogotá

Bogotá no tiene zonas o vías declaradas exentas para vehículos de carga de más de 8.500 kg: la restricción no cubre todo el perímetro urbano, sino una zona delimitada de la ciudad, de lunes a viernes de 6:00 a 8:00 y de 17:00 a 20:00; las excepciones dependen del tipo de carga, no de la zona.

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Origen de esta información

Norma:
Decreto Distrital 003 de 2023

Los dígitos de esta página se recalculan cada hora a partir de esa norma. La medida puede cambiar sin previo aviso: confirma en la fuente oficial antes de circular.

Ver fuente oficial ↗

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